Estudio
Va Juan o va Joaquín a tu casa en Palma. Vemos tejado, cuadro y consumo. Te decimos qué kWp encajan y estimamos el ahorro sin dar por concedida la bonificación.
Bonificación IBI · Palma de Mallorca
Somos Joaquín y Juan. Llevamos instalando placas solares en Mallorca juntos desde 1998. Si vives en Palma y montamos tu autoconsumo, te firmamos el certificado técnico que exige el Ayuntamiento — y la solicitud la presentas tú, como titular del recibo, o tu técnico, para una bonificación del 25% durante seis periodos impositivos, si cumples los requisitos del artículo 18 de la Ordenanza del IBI de Palma. La concesión es municipal y nunca se da por hecha antes de revisar el expediente.
Empresa instaladora de baja tensión habilitada · Preparamos la documentación técnica · Atendemos en español, inglés y alemán
Qué es esta bonificación
El artículo 18.2 de la Ordenanza del IBI de Palma de Mallorca recoge una bonificación para sistemas generales de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar para autoconsumo. Incluye fotovoltaica y solar térmica que cumplan las condiciones; la aerotermia por sí sola no entra automáticamente.
El porcentaje vigente es 25% de la cuota resultante durante los seis periodos impositivos siguientes a la instalación. El acumulado residencial no puede superar el 100% del coste sin IVA; en inmuebles no residenciales, el 50%. Para esos límites se descuentan importes subvencionados o ya bonificados en otros tributos municipales.
La concesión es rogada, una sola vez por titular y referencia catastral, y requiere comprobar legalización, comunicación de obras, tasa e ICIO.
Fuente oficial: Ayuntamiento de Palma · Bonificación del IBI por energía solar (art. 18.2).
Cómo trabajamos
Va Juan o va Joaquín a tu casa en Palma. Vemos tejado, cuadro y consumo. Te decimos qué kWp encajan y estimamos el ahorro sin dar por concedida la bonificación.
Montamos las placas (marcas premium: Fronius, Victron, BYD). Las legalizamos en Industria y damos de alta el autoconsumo. Todo nosotros.
Preparamos los justificantes técnicos que exige el artículo 18 y comprobamos que consten la legalización, el registro de autoconsumo y la documentación de obras.
La presentas tú o tu técnico, con la documentación que te entregamos. Si el Ayuntamiento la concede, los efectos se aplican conforme a los plazos de la ordenanza.
El combo que recomendamos en Palma
Si quieres llegar al máximo posible, combina las placas con aerotermia y un cargador VE para aumentar el autoconsumo, pero cada inversión y ayuda se calcula por separado.
Preguntas frecuentes
En Palma, la bonificación vigente es del 25% de la cuota resultante durante los seis periodos impositivos siguientes a la instalación. Por ejemplo, con una cuota anual de 500 €, serían 125 € por periodo y hasta 750 € en seis periodos si se cumplen todos los requisitos. En residencial, el total no puede superar el 100% del coste de la instalación sin IVA, descontando importes ya subvencionados o bonificados.
No siempre. La ordenanza limita la bonificación a los seis periodos impositivos siguientes a la instalación. Si la instalación de Palma es anterior, hay que comprobar fecha, periodos pendientes, legalización, comunicación de obras, ICIO y documentación antes de prometer que aún entra.
El 25% del artículo 18 de Palma se limita a sistemas generales para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo: fotovoltaica y solar térmica que cumplan los requisitos. No incluye automáticamente una aerotermia por ser renovable; si forma parte de otra actuación, su tratamiento debe confirmarse por escrito con el órgano tributario.
Puede coexistir con FOTOPAR, pero no se suma sin ajustes: para calcular el límite del IBI, la ordenanza de Palma excluye los importes subvencionados y los ya bonificados en otros tributos municipales. Las deducciones de IRPF dependen del contribuyente y de la norma fiscal aplicable; conviene confirmarlas con un asesor antes de calcular el retorno.
No prometemos que el comprador herede automáticamente los periodos restantes. La ordenanza indica que la bonificación se concede una sola vez por titular y referencia catastral, por lo que antes de vender una vivienda de Palma debe pedirse criterio al Órgano de Gestión Tributaria para ese expediente concreto.
JSL Mallorca prepara la documentación de instalación y autoconsumo dentro de sus atribuciones profesionales. La solicitud la presenta el titular del recibo del IBI (o su técnico o gestor, con el modelo «Otorgamiento de representación» del Ayuntamiento), por la sede electrónica o en cualquier registro; nosotros preparamos y te entregamos la documentación técnica; si hace falta un certificado adicional de otro técnico competente, se confirma antes de presentar el expediente.
Revisamos la instalación y calculamos la bonificación posible con la ordenanza vigente, sin dar por hecha la concesión.